Personas Trabajadoras del Hogar

Personas Trabajadoras del Hogar

¿Quiénes son Personas Trabajadoras del Hogar?

Persona trabajadora del hogar es aquella que de manera remunerada realice actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar en el marco de una relación laboral, en cualquiera de las siguientes modalidades:

  • Personas trabajadoras del hogar que trabajen para una persona empleadora y residan en el domicilio donde realice sus actividades.
  • Personas trabajadoras del hogar que trabajen para una persona empleadora y que no residan en el domicilio donde realice sus actividades.
  • Personas trabajadoras del hogar que trabajen para diferentes personas empleadoras y que no residan en el domicilio de ninguna de ellas.

La Ley Federal de Trabajo, estable que el Trabajo del hogar deberá establecerse mediante contrato por escrito, que incluyan como mínimo:

  • El nombre y apellidos de la persona empleadora y de la persona trabajadora del hogar.
  • La dirección del lugar de trabajo habitual.
  • La fecha de inicio del contrato y, cuando éste se suscriba para un período específico.
  • La modalidad de trabajo; si es de planta o entrada por salida
  • Duración del contrato, sabiendo que al término se podría o no renovar; se pueden incluir las razones y motivos por los cuales se podría finalizar la relación laboral. Si el trabajo es fijo, se debe firmar contrato una sola vez y especificar que se renovará automáticamente. No es legal firmar un contrato cada tres meses para no generar antigüedad
  • Se establecen y describen brevemente las actividades y responsabilidades que realizará el trabajador.
  • La remuneración, el método de cálculo de la misma y la periodicidad de los pagos.
  • El horario de trabajo, el salario acordado, el monto del porcentaje de la prima vacacional, los días de descanso, las vacaciones y días no laborables, así como los días de aguinaldo a pagar al final de año.
  • El suministro de alimentos y alojamiento, cuando proceda.
  • Las condiciones relativas a la terminación de la relación de trabajo.
  • Las herramientas de trabajo que serán brindadas para el correcto desempeño de las actividades laborales.

Es de mencionar que la ausencia de contrato NO priva a la persona trabajadora de los derechos que derivan de las normas de trabajo (arts. 26 y 331 Ter, LFT).


Modelo de contrato

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/623865/ModeloContratoTdH_23032021_DGPS.pdf


Fundamento jurídico 

Ley Federal del Trabajo, Capitulo XIII, Arts. 331-343.

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/156203/1044_Ley_Federal_del_Trabajo.pdf



PADRÓN ACCIÓN SOCIAL TRABAJADORAS DEL HOGAR 2023

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