Atención al adolescente trabajador en edad permitida 1549

Generar información relativa a la infancia trabajadora, desagregada por edad, sexo, etnia, condición jurídica (migrante), presencia y distribución por cada una de las delegaciones, tipos de trabajo infantil remunerado y no remunerado, horas trabajadas por la infancia, situación y condiciones del trabajo económico infantil, trabajo infantil doméstico, trabajo infantil excluyente y seguridad social. Dicha información deberá de ser actualizada periódicamente.

Atención al adolescente trabajador en edad permitida 1550

Realizar un diagnóstico con perspectiva de derechos humanos y género y actualizarlo anualmente sobre la población infantil trabajadora en la Ciudad de México que considere para su análisis:

a) Marco de referencia del trabajo infantil desde la perspectiva de los derechos humanos económicos.

b) Marco legal sobre derechos humanos laborales de la infancia, así como la seguridad social en la Ciudad de México.

c) Número de niñas y niños que trabajan, así como el tipo de trabajo infantil existente en la Ciudad de México.

d) Obligaciones y sanciones de las dependencias públicas y privadas respecto a los derechos humanos laborales de las personas mayores de 14 años y menores de 17 años de edad.

e) Explotación laboral infantil.

f) Programas implementados por parte de las dependencias públicas del gobierno de la Ciudad de México para proteger a la infancia de la explotación laboral.

Atención al adolescente trabajador en edad permitida 1552

Desarrollar programas con enfoque de derechos humanos para erradicar la explotación laboral de niñas y niños.

Atención al adolescente trabajador en edad permitida 1554

Evaluar y/o en su caso modificar, los procedimientos de monitoreo existentes respecto al cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo, a fin de evitar la explotación laboral infantil en las empresas tanto públicas como privadas y garantizar así los derechos humanos laborales de la infancia trabajadora.

Actividad Institucional 548

Acciones en Pro de la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de las y los Adolescentes Trabajadores en Edad Permitida


El Gobierno de la Ciudad de México ha desarrollado e implementado  acciones encaminadas a la eliminación de toda forma de trabajo infantil, en congruencia con los tratados internacionales suscritos por nuestro país, especialmente la ratificación del Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativo a la edad mínima para laborar y del Convenio 182 sobre las peores formas de trabajo; la Convención sobre los Derechos del Niño, y las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT), relativas al trabajo de las y los adolescentes, que han impulsado estrategias que permitan la promoción la difusión y la construcción de políticas públicas a favor de los derechos y la protección de las niñas, los niños, las y los adolescentes trabajadores en edad permitida.

En septiembre de 2014 se creó e instaló la Comisión Interdependencial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Adolescentes Trabajadores en Edad Permitida en la Ciudad de México (CITI-CDMX), con la misión de establecer líneas de acción y coordinación entre las Dependencias y  Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, para el diseño, ejecución y evaluación de políticas, programas y acciones en materia de prevención y erradicación del trabajo infantil, así como la protección del adolescente trabajador en edad permitida, con base en la normatividad vigente y aplicable a la materia. La Titular de la Secretaria es la presidente suplente, por ello debe impulsar y dar seguimiento a las líneas de acción que se emprendan desde la CITI-CDMX.

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo como parte del gobierno de la Ciudad y de la política del mismo,  es la institución encargada de erradicar toda forma de trabajo infantil y garantizar el respeto de los derechos de las y los adolescentes trabajadores en edad permitida.

En 2016 de conformó el Plan de Acción por la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de las y los Adolescentes Trabajadores en Edad Permitida de la Ciudad de México que destaca las siguientes líneas de acción:

  • Generar un mecanismo de Coordinación Metropolitano, con los tres niveles de gobierno, ya que el 50% de los niños  y adolescentes en trabajo infantil en la ciudad, provienen del Estado de México y otras entidades vecinas.
  • Realizar un diagnóstico integral en el STC Metro y sus alrededores en colaboración con la Escuela de Administración Pública Ciudad de México(EAP)
  • Vincular a la población en situación de Trabajo Infantil con los programas sociales existentes tanto Federales como del Gobierno de la Ciudad de México y del Estado de México.
  • Sensibilizar a la ciudadana sobre la necesidad de prevenir y erradicar el trabajo infantil y adolescente.
  • Capacitar a las y los integrantes de la CITI-CDMX, enlaces y personas servidoras púbicas en las temáticas específicas a cada proyecto y líneas de acción.

Como parte de las acciones de sensibilización a la ciudadanía sobre la prevención y erradicación del trabajo infantil en junio de 2016 se realizó una jornada lúdica e informativa por el “Día Mundial Contra el Trabajo Infantil”.

El objetivo fue que Niñas, Niños, Adolescentes y padres de familia y población en general, conocieran sus derechos, de modo sobresaliente el de estudiar, el esparcimiento y del disfrute del tiempo libre. (Dando inicio a la campaña de sensibilización a la ciudadanía), participaron aproximadamente 10 mil personas.

Para sensibilizar y concientizar a la población sobre la erradicación del trabajo infantil y la protección de las y los adolescentes trabajadores en edad permitida se realizan talleres informativos que permiten a la población conocer los derechos humanos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Consultar calendario y cédula de registro) y se entrega material de difusión en forma impresa y electrónica.

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo propone para prevenir y erradicar el Trabajo Infantil:

 

  • Presupuestos y políticas públicas para garantizar los espacios para mantener o reinsertar a las niñas, niños, las y los adolescentes en el Sistema Educativo, cerca de sus domicilios (estancias, guarderías y escuelas de tiempo completo) con el fin de asegurarles lugar y tiempo disponible para el desarrollo académico, deportivo y cultural, con esquemas eficientes para dotarles de alimentos nutritivos; y para coadyuvar a mejorar la calidad de sus aprendizajes.
  • La escuela – sobre todo las de tiempo completo- como una Red de Protección.
  • Fortalecer la cercanía de las niñas, niños y adolescentes con sus padres y familiares, desarrollando un sistema de cuidados en el cual gobierno, comunidad y sociedad coadyuven.

En la CDMX las personas adolescentes pueden trabajar siempre y cuando: 

Tengan 15 años

Cuenten con la autorización de sus padres.

Las actividades que realicen les permitan estudiar.

No realicen actividades que pongan en riesgo su desarrollo.

La jornada de trabajo no exceda de 6 horas y tengan un descanso intermedio, de por lo menos una hora.

Reciban un salario justo por su trabajo.

Sean incorporados a la seguridad social y disfruten los beneficios de las prestaciones que ofrece.

Reciban capacitación para elevar su nivel de vida y para prevenir accidentes en el trabajo.

Disfruten de un período anual de vacaciones.

No trabajen en horarios nocturnos.

Tengan aguinaldo o decimotercer mes, pago de prestaciones laborales en caso de despido y despido con justa causa, entre otros.

No trabajen horas extraordinarias, días domingos o de descanso obligatorio.

Un dato relevante en el tema sobre prevención y erradicación del Trabajo Infantil es que:

  • En la Ciudad de México se redujo* el número de niñas y niños que realizan alguna actividad considerada como trabajo infantil.

En 2013 se tenía un registro de 85 mil 736, niñas, niños y adolescentes, para 2015 se redujo a 70 mil 912, lo anterior de acuerdo a datos del INEGI.

  • La Ciudad de México tiene la tasa más baja del país en*:

Ocupación de adolescentes no permitida de la República Mexicana, (Actividades que ponen en riesgo su desarrollo realizan actividades en sectores de actividad económica y lugares peligrosos, ocupaciones peligrosas y exposición al riesgo, jornada nocturna u horario prolongada). La media nacional es 3.6 de 7.5.

Ocupación de adolescentes debajo de la edad mínima 1.1 (menores de 15 años) de la República Mexicana. La media  nacional es de 3.9. (datos del INEGI 2015).

* Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) 2015, Módulo de Trabajo Infantil (MTI)